Libreta sanitaria obligatoria

La Dirección de Control Sanitario de la Municipalidad de San Nicolás informa que de acuerdo a la Ordenanza 5322, es obligatoria la Libreta Sanitaria Única para toda persona que en relación de dependencia o no, desarrolle su actividad como manipulador de alimentos en cualquiera de sus etapas, desde su elaboración hasta su comercialización.

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También, es obligatoria para todos aquellos que se desempeñan bajo cualquier modalidad con trato al público en hoteles, moteles, pensiones, peluquerías, conductores de taxis o remises, chóferes de colectivos y transportistas escolares.

La Libreta Sanitaria tiene vigencia por un año y podrá ser entregada a cualquier persona que lo solicite. Para poder obtener la libreta, el solicitante deberá someterse a los siguientes estudios rutinarios:

–          Hemograma y enzimas hepáticas – Análisis físico-químico de orina – VDRL

–          Plaza de tórax

–          Examen clínico completo

Además, para garantizar la validez de la Libreta, durante el transcurso del primer año, el titular deberá realizar un curso de capacitación para los manipuladores de alimentos de carácter obligatorio. Para mayor información o consultas, dirigirse al Departamento de Bromatología ubicado en el CEMPRE (Pellegrini 111) o telefónicamente al 4508838, de lunes a viernes de 7 a 13 horas.

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