La senadora provincial del Frente para la Victoria, Cecilia Comerio, presentó este martes un proyecto de declaración expresando preocupación por la falta de vacantes en el nivel escolar inicial y por la falta de respuestas de las autoridades pertinentes. Previamente había consultado a referentes de educación de San Nicolás sin obtener contestación alguna.
A partir de una problemática latente en toda la provincia que deja a niños y niñas de hasta 5 años a la deriva del sistema educativo, la legisladora bonaerense sostiene que “acceder a la educación inicial pública se constituye en una cuestión de azar”.
Asimismo, enfatiza en cartas (adjuntas) enviadas a Inspectoras de los jardines de infantes de San Nicolás y de la región, a los Consejeros Escolares y a la directivos que “como legisladora de esta provincia y miembro de la Comisión de Educación y Cultura del senado provincial, no puedo desconocer el lugar que ocupa la educación para nuestra legislación […] Eso me obliga a tomar postura frente a la situación real y exigir a las autoridades competentes que se ajusten a las normas establecidas y que garanticen el efectivo cumplimiento de las mismas”.
Además agrega: “Más allá de la violación a la Constitución Nacional y provincial, que implicaría el hecho de no garantizar el derecho al acceso efectivo a la educación; la República Argentina como sujeto de Derecho Internacional, ha ratificado y por ende se encuentra sujeta a las obligaciones estipuladas en diversos tratados internacionales de protección de los derechos humanos que explícitamente imponen a los estados la obligación de garantizar este derecho”.
El proyecto, caratulado F 1282/16-17, fue ingresado a la Cámara alta bonaerense luego de la falta de respuesta de todas las autoridades locales, y culmina remarcando que “esta situación de exclusión al sistema educativo implicaría una lisa y llana violación al derecho protegido e implica en sí misma una desigualdad, ya que hay niños y niñas que podrían acceder y otros no, siendo estos últimos expulsados sin más, existiendo entre ambos una discriminación por parte del Estado, que es violatoria del art. 26 inc. 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en el art. 13 inciso 1°, ello por mencionar solo algunas violaciones en que se incurriría”.
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