Los Certificados Únicos de Discapacidad con vencimiento en el año 2020 tendrán una prórroga de un año, según una resolución firmada por el Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad.
El texto dice en su Artículo 1º: “Prorróganse por el término de UN (1) año, contado desde la fecha de su vencimiento, los Certificados Únicos de Discapacidad emitidos en virtud de las leyes Nº 22.431 y sus modificatorias y Nº 24.901 cuyo vencimiento haya ocurrido entre el 1º de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020”.
Además, en su Artículo 2º expresa: “Prorróganse por el término de UN (1) año, contado desde la fecha de su vencimiento, los Símbolos Internacionales de Acceso emitidos en virtud de la ley Nº 19.279 y el decreto Nº 1313/93, cuyo vencimiento haya ocurrido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre”.