A partir de este lunes, 5 de octubre, San Nicolás pasará a estar en fase 3. La medida fue acordada por la Provincia y el Municipio en virtud de la acumulación de casos que se vienen dando en las últimas semanas, donde el promedio no desciende de los 50 positivos por día. Enterate cuáles son las actividades habilitadas a partir de ahora.Durante toda la semana, Municipio y Provincia estuvieron intercambiando información y analizando en conjunto la situación epidemiológica de la ciudad. Las autoridades sanitarias vienen realizando un monitoreo diario del que se desprende incremento en el promedio de casos, que desde hace más de un mes es de 50 casos por día.
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Actividades restringidas
Con esta medida, a partir del lunes 5 de octubre quedarán restringidas las siguientes actividades:
– Obras privadas de construcción (excepto viviendas unifamiliares)
– Comercios minoristas de productos textiles, zapatos y juguetes con ingreso de clientes (take away y delivery habilitados)
– Actividades religiosas
– Comercios gastronómicos para consumo en el local (delivery y take away habilitados)
– Servicios de gestoría
– Ferias de alimentos itinerantes
– Lavaderos de autos
– Competencias automovilísticas
– Ensayo de obras musicales, teatrales, etc.
– Asistencia a espacios culturales/talleres de parte de sus artistas
– Actividades deportivas grupales (sólo se permite de manera individual y al aire libre)
– Actividades recreativas con distanciamiento social
– Gimnasios y natatorios
– Talleres culturales
– Reuniones socialesConocé todas las actividades habilitadas por fase ingresando enhttps://portal-coronavirus.gba.gob.ar/actividades-por-fase
ACTIVIDADES HABILITADAS:
Personal de salud, fuerzas de seguridad, fuerzas armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
Autoridades superiores y trabajadores/as esenciales del sector público nacional, provincial y municipal.
Personal de los servicios de justicia de turno.
Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino.
Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños/as y a adolescentes.
Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
Personal afectado a obra pública.
Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
Servicios de lavandería.
Servicios postales y de distribución de paquetería.
Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de yacimientos de petróleo y gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
S.E. Casa de la moneda. Servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BCRA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.
Producción y distribución de biocombustibles.
Operación de centrales nucleares.
Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria.
Operación de aeropuertos. Operaciones de garajes y estacionamientos.
Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
Curtiembres, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
Restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas a través de servicios de reparto domiciliario.
Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
Inscripción, identificación y documentación de personas.
Circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista.
Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista.
Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular.
Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.
Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular.
Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio.
Traslado de niños/as y adolescentes, al domicilio del otro progenitor/a, o referente afectivo. Si se trata de una familia monoparental, el progenitor/a podrá trasladar al niño/a o adolescente al domicilio de un referente afectivo.
Personal de la ANSES
Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual.
Actividad económica desarrollada en Parques Industriales.
Oficinas de rentas de la Provincia y sus municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.
Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
Ópticas, con sistema de turno previo.
Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan re alizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios/as.
Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
Producción para la exportación, siempre que las empresas cuenten con las órdenes de compra internacionales pertinentes y que hayan registrado exportaciones durante 2019 y/o 2020.
Obra privada de apuntalamiento, excavación y demolición.
Práctica deportiva desarrollada por los y las atletas que se encuentran clasificados y clasificadas para los XXXII Juegos Olímpicos
Establecimientos regulados por la Comisión Nacional de Valores.
Mutuales y cooperativas de crédito, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
Actividad notarial.
Obra privada de infraestructura energética.
Ingreso de progenitores o adultos responsables con sus hijos/as o niños/as que se encuentren a su cargo, de hasta doce años de edad, a los comercios de cercanía habilitados para funcionar.
Profesionales y técnicos especialistas en seguridad e higiene laboral.
Actividades de las concesionarias de los corredores viales nacionales, incluido el cobro de peaje.
Actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios.
Actividades y servicios vinculados a la realización de auditorías y emisión de certificados de seguridad.
Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
Procesos industriales específicos: producción de bienes destinados a la provisión directa de curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
Fabricación de productos del tabaco.
Fabricación de productos textiles.
Fabricación de indumentaria.
Fabricación de manufacturas de cuero.
Fabricación de calzado.
Fabricación de celulosa y papel.
Fabricación de productos de la industria química y petroquímica.
Fabricación de plásticos y sus subproductos.
Fabricación de neumáticos.
Fabricación de cerámicos.
Fabricación de cemento.
Fabricación de productos metalúrgicos y maquinaria y equipo.
Fabricación de productos electrónicos y electrodomésticos.
Industria automotriz y autopartes.
Fabricación de motocicletas y bicicletas.
Fabricación de madera y muebles.
Fabricación de juguetes.
Industria gráfica, ediciones e impresiones.
Industria del acero.
Industria del aluminio y metales afines.
Fabricación de productos de vidrio.
Industria de la pintura.
Venta al por menor de productos textiles, prendas de vestir, calzado y juguetes en comercios de cercanía sin ingreso de clientes.
Venta al por menor de otros rubros en comercios de cercanía con ingreso de clientes.
Agencias de juego oficiales del Instituto Provincial de Lotería y Casinos.
Servicio de mudanzas.
Servicio de comidas y bebidas para retiro en el local.
Servicios inmobiliarios y martilleros.
Servicios jurídicos.
Servicios notariales.
Servicios de contaduría y auditoría.
Servicios de arquitectura e ingeniería.
Servicios de cajas de previsión y seguridad social.
Servicios de kinesiología.
Servicios de nutricionistas.
Servicios de fonoaudiología.
Servicios de terapia ocupacional.
Acompañamiento de niños/as a sus progenitores o adultos mayores a cargo a comercios de cercanía.
Servicios de peluquería y estética.
Actividades deportivas al aire libre.
Psicólogos.
Servicios de Musicoterapia.
Acompañamiento de personas internadas por COVID-19, familiares de personas internadas y fallecidas.
Entrenamientos deportivos de representación nacional en términos de la DA JGM 1535/2020
Producción y/o grabación de contenido para transmisión y/o reproducción a través de medios digitales y/o plataformas web (“streaming”).
Construcción privada en vivienda unifamiliar
Cementerios