Personal CPC, constituidos en intersecciones de calle Interior Sural 300 del Barrio Astul Urquiaga, virtud de hallarse conflicto vecinal. Que luego de entrevistarse con una de las familias se constituyen en domicilio de la restante familia sito en calle Bolívar e interior Sur. Donde mientras los efectivos se encontraban disuadiendo dicha confrontación, sujeto sin mediar palabras comenzó a arrojar piedras contra el móvil policial, impactando en retrovisor Izquierdo astillando el espejo del mismo, Una vez trasladado a esta seccional policial se mantuvo consulta telefónica con Agente Fiscal en turno, Dr. Ariel Tempo, quien dispuso se labren actuaciones de epígrafe, notificación de la formación de la causa Art. 60 CPP, informe médico legal y posterior libertad mediante Art. 161 del CPP.
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