Se vienen las vacaciones y la pregunta es simple… ¿me pueden retener el vehículo en la ruta? ¿Por? ¿Qué documento es imprescindible? ¿Llevo la bolsa mortuoria?, ¿el matafuegos?, ¿cuántas balizas? ¿La cédula verde o la azul? Algunas respuestas entre tanta nebulosa.
Primero y previo a la documentación: Balizas y matafuego normalizado. Comprobá que la carga esté vigente, de estar vencida vas a tener que recargarlo en lugares habilitados, ya que te van a dar un comprobante que avala la carga.
Apoyacabezas, Cinturones de Seguridad, Sistema de retención infantil (SRI) en caso de los menores, nada suelto dentro del habitáculo, nada que supere las dimensiones del vehículo (por ejemplo, las bicicletas en la parte de atrás del auto que exceden los límites del mismo), etc., etc., etc.
IMPORTANTE (Tomá nota):
BOLSA MORTUORIA ¿¿??? ¡No existe en la ley!
BOTIQUÍN, ¡Tampoco existe obligatoriedad por ley!
Evite demoras, malos entendidos, colaboraciones innecesarias y/o donaciones a efectivos de la fuerza pública.
Documentos:
DNI o cédula de indentidad.
Licencia de conducir: es decir la habilitación para conducir un determinado vehículo, expedido por el municipio correspondiente. (Algún día hablaremos sobre ese tema, quién o quiénes nos otorgan la licencia…)
Cédula verde: La cédula verde es la identificación del vehículo!, para el titular no tiene vencimiento, para otra persona que no sea el titular, sí.
El vencimiento de la cédula verde es un año (antes eran dos)
Cédula azul: Esta cédula autoriza a determinada persona a conducir un vehículo (no siendo el titular del mismo), a decir verdad la reglamentación es algo difusa, pero te recomiendo que la uses, sirve solamente para una persona y un solo vehículo, No hace falta que circules con la cédula verde teniendo la azul.
Revisión Técnica Obligatoria (RTO), siempre dependiendo el caso, por ejemplo si tengo el vehículo radicado en CABA, no es exigible la RTO. Según RESOLUCIÓN Nº 168/GCABA/SSTRANS/10.
Chapas Patentes reglamentarias y colocadas (originales): No es otra cosa más que la identificación del vehículo que conduzco. (Si las compraste en Warnes. Lo más seguro es que no sean originales y si se da cuenta el control, hacete cargo!)
Y acá la gran respuesta: ¿qué necesito llevar de mi seguro de responsabilidad civil? Comprobante de SEGURO VIGENTE, no es el comprobante de pago!!!!, así que no lleves los últimos 15 resúmenes de la tarjeta donde figura que pagaste, necesitás el comprobante de seguro vigente, suele ser una credencial que emite la compañía que dice palabra más palabra menos, “vigente desde el xx-xx-2013 hasta el xx-xx-2014”
“Seguro obligatorio automotor conforme Decreto 1716/08, Reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 26.363”
Si no hice el pago correspondiente es un problema de la compañía y mío, porque la póliza no es mensual, entonces entre la compañía y yo acordamos la forma de pago y quizás acordamos que se la pago toda junta en la primera cuota, o la última… Repito el comprobante que tengo que tener no es el de pago, es el de SEGURO VIGENTE!!!!!!!
Buen viaje, disfrutá el momento desde que saliste de tu casa. No te apures por llegar, no sea cosa que te quedes en el camino.
Gentileza: portalarodar.com.ar
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