El caso de la donación de órganos entre dos ramallenses, llegó a la Legislatura

El diputado provincial del GEN, Jorge Santiago, oriundo de la ciudad de Rojas, presentó hace una semana un Proyecto de Declaración para que este cuerpo se exprese en torno a un caso que ha tenido una gran repercusión en la zona y otras partes del país, en cuanto a la sentencia favorable del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°4, del Departamento Judicial San Nicolás.

santiago

Santiago, que representa a los ciudadanos de la Segunda Sección provincial, fundamentó en la Legislatura que “una vecina de Ramallo solicitó autorización judicial para donar un riñón a su amiga de 60 años, de la misma localidad, en hemodiálisis desde 2009 como consecuencia de una patología renal. Esta función se le habría deteriorado en 2007 y finalmente en diciembre de 2011 se inscribió en la lista de espera para el trasplante renal en el Hospital Universitario Fundación Favaloro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin respuestas hasta la presentación judicial”.

Además de resaltar la resolución de la jueza María Eugenia Sormani, quién hizo lugar a la práctica médica indicada, Santiago recuerda que el artículo 15 de la ley 24.193  “sólo permite la ablación y trasplante de órganos o materiales anatómicos en vida, cuando se trate de una persona capaz mayor de 18 años, y la una con el receptor alguno de los lazos de parentesco expresamente indicados en la norma”.

Asimismo, el diputado Santiago resalta que “sin embargo existen destacados fallos dictados en nuestro país que autorizaron la donación de órganos entre personas amigas, siempre que se acreditase el presupuesto necesario de la gratuidad del acto”.

La iniciativa parlamentaria hace hincapié en que “no debe perderse de vista que en materia de trasplantes de órganos y materiales anatómicos lo que está en juego que es, nada más ni nada menos, que el derecho a la vida, que constituye el bien más preciado, reconocido como el primer derecho natural de la persona humana y preexistente a toda legislación positiva, ampliamente protegido y garantizado tanto en la Constitución Nacional como por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos”.

La potencial donante destacó en el expediente que su gesto se encontraba “animado exclusivamente por la solidaridad y el cariño que le tiene a su amiga”, descartando cualquier tipo de interés comercial o retribución de alguna índole, dejando en claro que su decisión sería libre, espontánea y voluntaria, motivada únicamente por una amistad que lleva más de 25 años.

“Este acontecimiento -concluye Santiago en su iniciativa- debe ser celebrado por esta Honorable Cámara, es por ello que solicito a mis pares el acompañamiento para aprobar el presente Proyecto de Declaración”.

(www.RamalloCiudad.com.ar)

 

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