A través de las disposiciones 854/2013 y 860/2013, publicadas hoy en el Boletín Oficial, el organismo instruyó a la no comercialización de los productos importados, que no cumplen los requisitos pertinentes.
En los considerandos de la resolución que prohíbe el uso de la “Prime U Loción Facial Refrescante x 120 ml” de origen chino, se indica que se realizó una una inspección en el establecimiento Tianshi S.A. habilitado como importador y exportador de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes, por parte del Instituto Nacional de Medicamentos (Iname).
Luego de la inspección, el Iname informó que se verificaron depósitos, documentación de importación y los productos cosméticos sujetos a dichos trámites de importación y que se tomaron muestras para análisis de diversos productos cosméticos, entre ellos del producto rotulado como “Prime U PRIME Loción Facial Refrescante x 120 ML, origen China. Importador: Tianshi S.A., Lote: 1070501AIC, Vto: 2013.07.05”.
“Considerando la gran cantidad de ingredientes de origen vegetal que componen el producto citado y teniendo en cuenta que los Clostridios sulfito reductores son microorganismos patógenos que se distribuyen ampliamente en el suelo y agua, se procedió a su investigación en la muestra tomada. El resultado del análisis efectuado fue “No Apto desde el punto de vista higiénico”, habiéndose detectado la presencia de Clostridios sulfito reductores, según consta en el análisis Nº 00252/12, concluyendo que el uso de productos cosméticos contaminados con microorganismos patógenos constituye un potencial riesgo para la salud de la población”, precisan los considerandos.
Como consecuencia, el Instituto Nacional de Medicamentos, sugirió la prohibición de la comercialización y uso del producto en forma preventiva, en todo el territorio nacional y que la firma realice el recupero del producto.
En cuanto a la no comercialización del producto “Aurinco Surgial Disposable Dust Mask White 50 PCS – Importa y Distribuye: Droguería Martorani S.A.”, los considerandos de la disposición aseguran que fiscalizadores del Programa Nacional de Control de Mercado de Medicamentos y Productos Médicos llevaron adelante una inspección en la sede de la farmacia “Nueva San José”, situada en Sánchez de Bustamante 1639, Capital.
En la inspección, se retiró una muestra de un barbijo del producto citado, que no contenía datos de lote, ni de vencimiento, ni de registro de Anmat.
“Por lo expuesto, fiscalizadores de ese Programa concurrieron a realizar una inspección en sede de la droguería Martorani S.A., sita en la Av. Del Campo 1180 de esta Ciudad (Autónoma de Buenos Aires). En tal oportunidad, se le exhibió al presidente de la firma la muestra, quien manifestó al respecto que ‘es una unidad comercializada por Martorani S.A. la que es importada por la firma’ y que ‘en la actualidad estos son los barbijos que comercializa Martorani S.A. no incluyendo datos del lote/vto. y/o fecha de fabricación como así tampoco autorización de Anmat en rótulo o estuche del producto’”.
Los inspectores realizaron la consulta pertinente al Departamento de Registro de la Anmat, que informaron que “no se encontraron registros de inscripción al día de la fecha del producto”, a la vez que “droguería Martorani S.A. se encuentra habilitada bajo el legajo Nº 928.”.
Por esta razón la Intervención de la Anmat prohibió en calidad preventiva la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto y la instrucción de sumario sanitario a la firma y su directora técnica.
Ambas disposiciones llevan la firma del titular de la Anmat, Otto A. Orsingher.
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