Con fecha 14 de diciembre de 2012 se dictó el Decreto Municipal Nº1912 por el cual se crea el Registro Único de Eventos y/o Actividades para el Partido de San Nicolás de los Arroyos. El mismo tendrá carácter referencial no obligatorio y la intención es coordinar fechas para la realización de los distintos eventos que anualmente tienen lugar en San Nicolás, a los efectos de lograr un calendario ordenado en el cual no se superpongan fechas, y de esa manera favorecer las condiciones en pos del éxito de cada iniciativa. La dependencia administrativa que tendrá a su cargo la implementación de este Registro Único es el Ente Mixto de Promoción Turística.
La normativa lleva la firma del Intendente Municipal Dr. Ismael José Passaglia y el Secretario de Desarrollo Económico Dr. Lisandro Bonelli, y su texto completo es el siguiente:
VISTO
La gran cantidad y variedad de encuentros, actividades y/o eventos de toda índole que se realizan en nuestra ciudad anualmente;
– Que la realización de dichos eventos concita la atención de vecinos del Partido de San Nicolás y asimismo genera la presencia de visitantes oriundos de otras jurisdicciones, por ende el Ejecutivo Municipal debe contemporizar las fechas en aras de posibilitar un contexto más adecuado para el desarrollo de los mismos, valorando el esfuerzo que los organizadores hacen para llevar adelante sus iniciativas;
– Que para ello es necesario coordinar las fechas en las cuales dichos eventos se desarrollan, a efectos de optimizar un calendario único que esté a disposición de todos aquellos particulares y/o entidades que las organizan;
– Que la dependencia administrativa idónea para llevar adelante ese calendario en forma de Registro Único es el Ente Mixto de Promoción Turística de San Nicolás de los Arroyos, por su idoneidad en el tema, y además, por tener acceso a fechas regionales, provinciales y nacionales que podrían ser de útil conocimiento por parte de los organizadores de los eventos locales;
Por ello en ejercicio de sus facultades, el Intendente Municipal de San Nicolás de los Arroyos,
DECRETA
ARTICULO 1º: Créase el Registro Único de Eventos y/o Actividades para el Partido de San Nicolás de los Arroyos.
ARTICULO 2º: El Ente Mixto de Promoción Turística de San Nicolás de los Arroyos será la dependencia administrativa encargada de llevar adelante este Registro, como así también de darlo a conocer públicamente a través de su sitio web y mediante los medios de comunicación que crea conveniente.
ARTÍCULO 3º: Las instituciones, organismos, entidades, asociaciones y/o agrupaciones que realizan habitualmente eventos en nuestra ciudad, serán notificados de este Decreto, siendo invitados a consultar periódicamente el Registro Único a efectos de darle sentido práctico.
Los organizadores de actividades y/o eventos, una vez efectuada la consulta y definida la fecha de realización, sin perjuicio de otros trámites municipales habilitantes que pudieren corresponder, deberán notificar esa fecha por escrito al Ente Mixto de Promoción Turística, que la incorporará al Registro Único como fecha oficial de evento, de carácter referencial no vinculante.
ARTICULO 4º: Comuníquese, regístrese, publíquese, archívese.
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